VIVA MÉXICO

A cuánto ascienden las multas por faltar el respeto a los símbolos patrios

Esta fecha es para resaltar los símbolos de nuestra patria, pero en caso de faltar el respeto a un símbolo mexicano.

Fuente: Archivo
La bandera es uno de los símbolos patrios máximos..Fuente: Archivo
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Este Día de la Independencia es importante resaltar los símbolos patrios y que está prohibido faltarles el respeto. En el caso de que una persona lo haga puede ser amonestada debido a que hay una Ley que regula su uso, sus características y también su difusión.

Esta ley que protege los símbolos patrios como el escudo, la bandera y el himno nacionales fue publicada originalmente el 8 de febrero de 1984. En ella se establecen las siguientes acciones consideradas como infracciones a la ley de México:

  • Alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas
  • Utilizar el escudo nacional sin autorización
El escudo de la bandera es uno de los símbolos patrios. Fuente: Archivo.
  • Inscribir en la bandera nacional la denominación o razón social de instituciones sin previa autorización, así como el nombre de personas físicas para promover su imagen, bienes o servicios
  • Comercializar ejemplares de la bandera nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones
  • Portar la banda presidencial
  • Alterar la letra o música del Himno Nacional ya sea con composiciones o arreglos o con fines de lucro

La encargada de vigilar el cumplimiento de la ley de respeto ante los símbolos patrios es la Secretaría de Gobernación (Segob) y le pueden auxiliar todas las autoridades del país. Por otra parte, en los planteles educativos serán las autoridades educativas las que estén a cargo de su ejecución.

El Himno Nacional Mexicano es uno de los símbolos patrios. Fuente: Archivo.

En caso de inclumplimento de la ley de símbolos patrios. Los infractores podrán ser acreedores a una o varias de las sanciones siguientes:

  • Amonestación con apercibimiento, es decir, una llamada de atención o advertencia ante lo que podría ser una sanción mayor en caso de seguir cometiendo la falta.
  • Multa de hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) al momento de cometerse la infracción, lo que equivale a 962 mil 200 pesos. Se podrá cobrar esta cantidad por cada día que persista la infracción.
  • Arresto hasta por 36 horas.